Información sobre desplazamientos en coche y a pie durante el estado de alarma por Segurvillegas

Tanto a pie como en vehículo solo se permiten los desplazamientos individuales en los supuestos establecidos en el artículo 7 del R. D. por el que se declara el estado de alarma, salvo para acompañar a personas con discapacidad o por causa justificada.

#EsteVirusLoParamosUnid@s